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Tenencia y protección animal
En [eafl id=»6394″ name=»España» text=»España»] no existe una ley marco que armonice la normativa legal sobre la tenencia y protección animal, sino que dicha normativa esta desarrollada separadamente por cada Comunidad Autónoma.
Por ello existen no menos de 17 leyes diferentes, teniendo en cuenta que además múltiples municipios también desarrollan sus propias ordenanzas para regular esta temática.
Por ello nos encontramos con diferentes criterios para las mismas cuestiones según nos encontremos en una comunidad o en otra, y dentro de la misma en una ciudad u otra.
Aun así si tenemos algunas leyes a nivel estatal que regulan según que aspectos del bienestar animal:
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
- Real Decreto 526/2014, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.
- Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre, por el que se regula el uso de perros-guía para deficientes visuales.
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Artículo 337 que regula los casos en los que el maltrato animal es considerado delito.
- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. En su artículo 37.16 establece como falta leve si un animal peligroso se deja suelto, o si se le abandona con riesgo para su vida.
- Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
- Instrumento de ratificación del Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, hecho en Estrasburgo el 13 de noviembre de 1987.
Normativa de acceso al país
Para poder acceder a [eafl id=»28285″ name=»Pais España» text=»España»] con nuestra mascota debemos cumplir con la normativa sanitaria vigente, la cual se encuentra recogida en los siguientes preceptos:
- Normativa zoosanitaria para introducir en España animales de compañía.
- Movimientos de carácter no comercial.
- Normas sanitarias en aeropuertos españoles.
- Legislación de la UE para el desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial
Transporte de animales
Para el transporte de animales debemos distinguir entre las mascotas y los animales utilizados en explotaciones agrícolas.
Para el transporte de mascotas en vehículos particulares hay que atender a lo que establece la Dirección General de Tráfico:
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
En ambos se señala la obligatoriedad de mantener el conductor la libertad de movimientos, por lo que cualquier animal que viaje en un vehículo debe ir siempre y sin ninguna excepción o bien atado o bien separado de la zona del conductor.
Para ello se establecen diversos dispositivos con los que podemos transportar a nuestra mascota:
- Transportín. Habitáculo rígido o semi-rígido en cuyo interior viaja la mascota. Normalmente se utilizan para animales pequeños o medianos. Deben ser fijados para evitar su movimiento durante la marcha.
- Jaula. Básicamente es lo mismo que un transportín pero de mayor tamaño, por lo que podremos utilizarlas para el transporte de animales grandes.
- Enganche al cinturón de seguridad. Se le coloca un arnés a la mascota (evitar usarlo con collares), y esta se fija a través de una correa a los enganches de los cinturones de seguridad del vehículo.
- Redes y barras. Con ellas se logra la creación de un espacio independiente dentro del mismo vehículo, por lo que el animal no puede acceder a la zona de la conducción.
La DGT emitió un folleto relativo al perro y la seguridad vial que podemos consultar aquí.
Con respecto al transporte masivo de animales la legislación establece lo siguiente:
- Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
- Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
Ganadería, experimentación y otros
En [eafl id=»28036″ name=»España» text=»España»] la legislación relativa a las explotaciones ganaderas esta regulada por las siguientes leyes:
- Real decreto de 24 de abril de 1905 aprobatorio del adjunto reglamento para la administración y régimen de las reses mostrencas.
- Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.
- Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne.
- Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
- Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
- Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
- Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.
Por otro lado la legislación relativa a los animales utilizados para la investigación se encuentra desarrollada por la siguiente normativa:
- Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.
- Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
- Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
- Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
También encontramos legislación relativa a los animales y fauna de tipo silvestre:
- Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos.
- Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.